De:
Ana María Gómez
Fecha:
Junio 2006
Origen:
Noticias Jurídicas
Como
todo el mundo, usted conoce la gravedad de la palabra “mobbing”. Espera no
encontrarse nunca con una reclamación por parte de sus trabajadores en base a
esta situación. Pero, conoce todo lo que debería conocer sobre ella? Podría
detectar que se está produciendo mobbing en su empresa? Cree que sería capaz de
evitar esta situación en caso de producirse? Le animo a leer este artículo, y
le animo a que se lo haga llegar a sus trabajadores. Posiblemente, el hecho de
que todos lean el artículo no evitará que se produzca, pero ofrecerá un punto
de partida para que todos sepan lo que no deben hacer (en el caso del acosador)
y lo que deben hacer (en el caso del acosado).
Lo
primero que debemos hacer es saber que el mobbing es una forma de intimidación
y/o acoso moral en el puesto de trabajo realizado por parte de compañeros o
superiores (incluido el empresario) que, a través de comportamientos agresivos
y vejatorios de forma repetida, marginan al acosado con el fin de que abandone
la empresa de forma voluntaria. Esta persecución puede llegar a producir graves
daños a la salud personal del trabajador (nivel físico y psíquico) así como
consecuencias negativas en su vida social, familiar y laboral futura. Debemos
recordar que la acción agresiva que da origen al mobbing debe ser deliberada e
intencionada.
Por
ello es importante diferenciar el mobbing de las situaciones de estrés y
conflicto que pueden generarse en diferentes momentos a lo largo de la jornada
laboral de todo trabajador. Es decir, no debemos alertarnos cuando haya
discusiones con algunos trabajadores en un momento determinado, cuando veamos
roces entre diferentes empleados, cuando alguien rumoree algo sobre alguna
persona que presta servicios en la organización. No obstante, conviene
controlar estos focos para evitar que se agraven.
El
mobbing se manifiesta de una forma paulatina; primero se notan ambientes tensos
y/o hostiles que posteriormente se convierten en insultos y amenazas,
humillaciones y maltratos que desestabilizan a la victima que los sufre.
Algunas de las conductas que se realizan contra la víctima son:
Ignorar
su presencia dirigiéndose exclusivamente a terceros.
Amenazas
verbales.
Gritos
e injurios en voz alta.
Críticas
hacia su vida privada.
Se
le asignan puestos aislados y se prohíbe a sus compañeros que le hablen.
Se
hacen correr cotilleos y rumores.
Se
intenta forzar un examen psiquiátrico para que la víctima se sienta culpable.
No
se le entrega trabajo, o este es humillante o muy inferior a su capacidad.
Se
le entrega un trabajo excesivo, difícil de asumir, o que requiere una capacidad
superior a la que posee la víctima.
Se
ocasionan desperfectos en su puesto de trabajo.
Se
le acosa física y/o sexualmente.
Estas
conductas responden, según se ha podido analizar a través de diversos estudios
a un acosador que, como un retrato robot, responde a las siguientes
características: suele tener apariencia e imagen de persona enérgica y
positiva, pero los rasgos de su personalidad son narcisistas y egocéntricos.
Son personas que envidian la capacidad y vida socio-laboral y profesional de la
víctima por lo que, mediante el acoso, intentan que ésta abandone la empresa de
forma voluntaria eliminando así lo que el acosador considera “una piedra en su
camino”. Suelen ser personas mentirosas, sin sentido de la culpabilidad y con
un gran (pero oculto) sentido de inferioridad.
Por
la contra, el trabajador que ha sufrido mobbing no responde a unos rasgos
concretos. Es una persona que se ha “cruzado” en el camino del agresor, que la
siente como una amenaza. No obstante, sí podemos realizar un análisis de la
personalidad de una persona que sufre, está sufriendo o ha sufrido un caso de
mobbing: son personas que se sienten incomprendidas ante una crisis que les
supera. No saben como han llegado a tal situación pero ven que no existe una
salida, un escape. Por ello, son personas que, a pesar de que suelen ser
inteligentes y trabajadores, se autocuestionan si son eficientes en su puesto,
se sienten inseguros e hipersensibles a la crítica. Se aíslan del resto de
compañeros y sufren severos cambios de humor con episodios agresivos y
episodios depresivos.
Partiendo
de estas notas básicas, que lógicamente pueden producirse de diferente forma e
intensidad, usted puede conocer si se está produciendo una situación de acoso
en su empresa. Por ello es recomendable tener una entrevista regular con sus
empleados, en la que debe hacerles saber que pueden contar con su apoyo en
estos supuestos. Además, es recomendable seguir unas pautas para evitar que un
trabajador pueda sufrir estos “ataques” a su persona:
Incorpore
a la evaluación de riesgos psicosociales la detección del mobbing. Debe acordar
una metodología a seguir por los trabajadores en caso de que se sientan
víctimas del mobbing. Informe a sus trabajadores de los canales que deben
seguir para denunciar estos hechos.
Preste
toda su atención a los trabajadores que le informen que están sufriendo
mobbing. Posiblemente la forma de que un trabajador le confiese que se
encuentra en esta situación sea a través de la entrevista regular que le
recomendábamos anteriormente.
Realice
formación a los mandos superiores sobre cómo deben resolverse los conflictos
laborales. Deben tener capacidad de trabajar en equipo y habilidad para
trabajar en grupo asumiendo el mando.
Haga
partícipes de la prevención a todos los trabajadores de la empresa. Sean de un
nivel inferior o superior, todos los testigos de una situación de mobbing,
tienen que saber que deben comunicar cuanto antes los hechos a su superior
jerárquico, al representante sindical o de los trabajadores de la empresa y dar
su apoyo total a la víctima. Tenga en cuenta que el mobbing lo genera una
persona (acosador) pero lo alimentan los testigos indiferentes.
Redacte
un código de conducta y entrégueselo a todos los trabajadores de la empresa.
Hágales saber que dicho código es de obligatorio cumplimiento y sancione de
forma ejemplar a cualquier trabajador que se haya demostrado que es acosador.
Si es necesario, debe cambiarle de puesto de trabajo para asegurar que la
víctima no seguirá sufriendo en el futuro.
A
pesar de todas estas medidas, en ocasiones es difícil descubrir que se está
realizando mobbing a un trabajador. Por ello es necesario que ponga en marcha
todas aquellas acciones que considere pueden evitar una situación de riesgo. Si
a pesar de todos sus intentos, recibe comunicación de algún empleado que sufre
mobbing, recomiéndele lo siguiente:
Que
mantenga la calma pase lo que pase. Debe intentar admitir que lo que está
ocurriendo es ajeno a su voluntad: está siendo atacado. Así que no debe
sentirse culpable, ni disculparse por algo que no ha hecho.
Que
intente actuar con frialdad y no se deje envolver emocionalmente por una
situación que únicamente puede perjudicarle.
Que
pida explicaciones, de forma racional, a su agresor cuando este le impute algún
error ante terceros.
Que
intente acumular todos los medios de prueba del acoso que está sufriendo. Debe
recordárle que, en ocasiones es difícil demostrar que uno está padeciendo esta
situación, por lo que le serán muy útiles en caso de reclamación judicial,
todos aquellos documentos que prueben las agresiones (e-mails recibidos,
informes médicos sobre las lesiones, testigos...
Que,
previo a la vía judicial, presente una reclamación ante la Inspección de
Trabajo.
Por
último, debo decir que el mobbing no siempre se produce porque un mando
intermedio o superior siente envidia/celos de la víctima. En ocasiones se
produce un subtipo de mobbing que se conoce como bossing en el cual el
empresario es quien toma el papel de agresor con el fin de que un empleado
marche de la empresa para evitar tener que realizar un despido que, de otra
manera, sería más costoso. En este caso, debe pensar en que, a pesar de ser su
jefe el acosador, un compañero/a suyo está sufriendo una actitud que tiene que
ser del todo erradicada, y que hoy es su compañero/a pero mañana puede ser
usted. Denuncie los hechos cuando los conozca. No se vuelva un agresor pasivo.
Ana
María Gómez.
Departamento
Laboral.
Ibáñez
& Almenara Abogados y Economistas.
ana@ialmenara.com
www.ialmenra.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario