Cupo vasco, de fuero a privilegio
Las cuentas del ministro Montoro lo dejan claro: el Gobierno vasco cuenta con algo más del doble de recursos que las demás comunidades autónomas.
Mikel Buesa.
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Hace 10 horas
El origen de la excepcionalidad foral que reconoce nuestra Constitución se remonta al Abrazo de Vergara, en 1839, cuando los generales Espartero y Maroto acordaron poner fin a la primera Guerra Carlista tras siete años de un conflicto civil –dinástico e ideológico a la vez– que tuvo en el frente del norte su principal desarrollo. La paz se firmó en Oñate, entonces Villa de Señorío y su principal contrapartida para el bando carlista no fue otra que el reconocimiento de «los Fueros de las provincias Vascongadas y de Navarra, sin perjuicio de la unidad constitucional de la monarquía». Así se plasmaría en la ley de 25 de octubre de aquel año, de la que se derivaron consecuencias casi inmediatas para Navarra, que en 1841 perdió su estatus de reino, a la vez que vio reguladas sus relaciones fiscales con España a través de un Convenio con el Estado en el que quedaron concertados –o sea, armonizados con los nacionales– los impuestos forales y se estableció una Aportación de la provincia al presupuesto estatal.
Sin embargo, para las provincias vascas las cosas fueron distintas, pues durante las cuatro décadas siguientes continuaron estando exentas; es decir, ajenas a las obligaciones fiscales del resto de España y a la recluta obligatoria del ejército. Pero tras la segunda Guerra Carlista, una vez fracasadas las negociaciones para dar por finalizada esa situación, Cánovas del Castillo tomó la decisión de acabar con ella, promulgando la ley de 21 de julio de 1876, a partir de cuyo desarrollo reglamentario surgirían los Conciertos Económicos entre el Estado y Álava, Vizcaya y Guipúzcoa, así como la fijación de los correspondientes Cupos, con un contenido similar a los de Navarra. Desde entonces, este sistema –que inicialmente se planteó con un carácter provisional–ha gobernado las relaciones fiscales entre el País Vasco y el Estado, con la salvedad del período franquista, en el que desde 1937, tras ser declaradas traidoras, las provincias de Vizcaya y Guipúzcoa dejaron de ser forales.
Hasta la Constitución de 1978 los Cupos vascos se fijaron en una cantidad calculada como porcentaje de la que se suponía era la recaudación fiscal de las provincias. Ni que decir tiene que las diputaciones ocultaron todo lo que pudieron la información correspondiente con la finalidad de pagar lo menos posible y, de esta manera, convertir su fuero en un privilegio económico. Lo hicieron con una tenacidad irritante –lo que convertiría las negociaciones sobre este asunto en una «de las más ingratas tareas» para el ministro de Hacienda, como señaló Calvo Sotelo en sus memorias– mientras el Gobierno, con debilidad y paciencia, claudicaba siempre –según apuntó el jesuita y catedrático Gonzalo Martínez Díez, quizás el mejor estudioso del tema–. Como resultado, según los cálculos de este autor, durante un siglo, en promedio, los vascos sólo ingresaron en la cuenta del Tesoro una cuarta parte, o quizás algo menos, de lo que hubieran debido pagar. Y tras el restablecimiento de la democracia –que restauró el régimen foral en Vizcaya y Guipúzcoa– siguieron haciendo lo mismo, aunque ahora el Cupo, esta vez para el conjunto del País Vasco, era independiente de sus ingresos y se calculaba como una fracción del gasto del Estado en las competencias no transferidas a la Comunidad Autónoma.
Este cambio en el procedimiento de cálculo concedía toda la ventaja al Estado, pues los datos necesarios para valorar el Cupo están en manos de Ministerio de Hacienda y en nada dependen de las diputaciones forales. Sin embargo, ello no ha supuesto un obstáculo para que el privilegio de pagar menos de lo debido haya persistido hasta nuestros días. El motivo es sencillo: puesto que todas las decisiones en esta materia tienen que ser concertadas entre los gobiernos del Estado y de la Comunidad Autónoma –ya que la bilateralidad preside sus mutuas relaciones– bastaba con alargar las discusiones y persistir en la desavenencia hasta encontrar el momento en el que, tras la oportuna negociación política, pudieran llegarse a acordar unas cifras trastocadas, por debajo de las reales. Este es el motivo por el cual las leyes del cupo no siempre se han aprobado cuando correspondía. Así, la primera fue votada en 1988, siete años después de lo regulado en el Concierto Económico, por cierto en la misma sesión parlamentaria que la segunda, lo que daba cuenta de lo trabajoso del correspondiente acuerdo. Planeaba por entonces el fantasma de ETA sobre todo lo que tuviera que ver con la política vasca. Pero, además de este factor, también los cinco votos nacionalistas en el Congreso, decisivos en varias votaciones de investidura y de presupuestos, se utilizaron como contrapartida en las sucesivas renovaciones del Cupo.
Varios estudios han cuantificado el tamaño del privilegio financiero que ha supuesto este sistema para la administración vasca, llegándose a cifras de alrededor de 3.500 millones de euros al año durante los tres últimos lustros. Pero donde mejor se refleja esa situación es en la comparación entre el País Vasco y las demás Comunidades Autónomas en lo que atañe a la financiación por habitante de la que disponen. Las cuentas territorializadas que muy acertadamente ordenó elaborar el ministro Montoro lo dejan claro: el Gobierno Vasco cuenta con algo más del doble de recursos que todos los demás. Es esta una situación que tendría que haberse corregido, pero aún no ha llegado la oportunidad para hacerlo.
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