martes, 30 de enero de 2018

Asi


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De no ser por el Tribunal Constitucional y su auto plenamente acorde a Derecho, el presidente del Parlamento catalán, Roger Torrent, podría hoy haber autorizado la ilegal investidura de Puigdemont –y la no menos ilegal e imprescindible delegación de votos del resto de los golpistas prófugos– sin temor alguno a sufrir la más mínima consecuencia penal. Y es que, habida cuenta de que los informes de los letrados del Parlamento catalán no eran ni son vinculantes y se limitaban a oponerse a una investidura no presencial del candidato de Junts per Catalunya, el republicano Torrent no corría hasta ahora riesgo alguno que no fuese el de ver, transcurrido cierto tiempo, cómo la investidura era tumbada por el Tribunal Constitucional.
Ahora, sin embargo, gracias al encomiable auto del TC, que de formar cautelar ha vetado cualquier investidura de Puigdemont mientras esté vigente la orden de busca y captura e ingreso en prisión que pesa contra él, Torrent y los demás miembros de la Mesa del Parlament saben que incurrirían en un delito de desobediencia en el caso de autorizar la votación respecto de la investidura de marras.
Cuando te niegas a aplicar el artículo 155 –o, lo que es peor, lo neutralizas para convocar nuevas elecciones autonómicas–, la única forma que te queda para evitar que desde las instituciones autonómicas se sigan perpetrando nuevas ilegalidades es recurrir a la Justicia. Recordemos que fue el partido de Albert Rivera el autor intelectual del disparate de pedir la aplicación del 155 únicamente para convocar nuevas elecciones, y esta es la fecha en que parece tan poco arrepentido como lo parecen Rajoy y Sánchez.
Así las cosas, por mucho que el recurso del Gobierno al TC haya evitado que los imputados por el golpe de Estado vuelvan a la poltrona –único lugar desde donde podrían reincidir en el delito a la espera de juicio–, las esperpénticas consecuencias de la circense aplicación del 155 no han hecho más que empezar.

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