Los motivos de Estrasburgo para obligar a España a indemnizar a los asesinos de la T4
Los 50.000 euros suponen una mínima parte de los dos millones y medio que les condenó a pagar la Audiencia Nacional a las familias de los asesinados y al resto de afectados
Bruselas/MadridActualizado:
Doce años después de que ETA rompiera su falsa tregua con el atentado en la T4 del aeropuerto de Barajas, el 30 de diciembre de 2006, la justicia europea ha propinado un nuevo revés a las víctimas del terrorismo.
El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, el mismo que tumbó la doctrina Parot, obligó ayer al Estado español a indemnizar con 50.000 euros a dos de los autores de aquella acción criminal en la que murieron los ciudadanos ecuatorianos Diego Armando Estacio y Carlos Alonso Palate.
Esos 50.000 euros suponen una mínima parte de los dos millones y medio que les condenó a pagar la Audiencia Nacional a las familias de los asesinados y al resto de afectados por los cuantiosos daños materiales que causó aquel «cobarde y vil método» (el de la furgoneta bomba) con el que reventaron uno de los aparcamientos de la Terminal 4. Estos son los motivos que esgrime el Tribunal de Estrasburgo para condenar a España.
Trato inhumano y vejatorio
El Tribunal de Estrasburgo asegura que España ha vulnerado el artículo 3 de la Convención de Derechos Humanos por el trato «inhumano y degradante» que, a su juicio, recibieron los etarras Portu y Sarasola el día de su detención, un año después de intentar una masacre en la terminal 4 del aeropuerto de Barajas (Madrid). Tres de los siete magistrados han suscrito un voto particular en el que consideran que se debería haber ido más allá y condenar al Estado español como responsable de las torturas que . La sentencia mayoritaria justifica que no se condene por torturas en que no hay pruebas concluyentes sobre el trato que recibieron Portu y Sarasola.
Reproche al Supremo
Los magistrados reprochan al Tribunal Supremo que ante la gravedad de los hechos denunciados por los etarras, no analizaran en la sentencia en la que absolvieron a los cuatro guardias civiles previamente condenados la proporcionalidad de la fuerza utilizada por los agentes. También le echan en cara no haber tenido en cuenta los informes del instituto forense vasco en los que la Audiencia de Guipúzcoa basó su condena a los agentes en la sentencia que luego tumbaría el Supremo.
Daños morales
Dicen los jueces que «ni las autoridades nacionales ni el gobierno han ofrecido ningún argumento convincente ni creíble que sirva para explicar o justificar estas lesiones», de las que responsabiliza al Estado español. El «daño moral» de Igor Portu lo compensa con 30.000 euros; el de Sarasola, con 20.000. El ministro de Justicia, Rafael Catalá, garantizó ayer que el Estado no pagará un euro a ninguno de los dos etarras, en la actualidad presos. Ambos tienen todavía pendiente pagar los 2,5 millones de euros a los que fueron condenados en concepto de responsabilidad civil.
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