jueves, 27 de febrero de 2014

Críticas de Largo Caballero a la gestión de Negrín:

Críticas de Largo Caballero a la gestión de Negrín:
«¿Cuánto oro se entregó a Rusia?
Nunca pudo saberse, porque el Sr. Negrín, sistemáticamente, se ha negado siempre a dar cuentas de su gestión.
Después se ha sabido, por unas cuentas publicadas por el Banco de España en 30 de abril de 1938, que dicho Banco había entregado en custodia 1.592.851.906 millones [sic] en oro y 307.630.000 en plata.
Aparte de esto, Hacienda se incautó de todo lo existente en cajas de seguridad de los Bancos oficiales y privados, cuyo valor se eleva, seguramente a muchos millones.
¿Todo esto más las alhajas que existían en el Palacio Nacional, en habitaciones reservadas, y las de muchos particulares, se han gastado en armas? ¿Al terminar la guerra qué oro quedaba en poder de Rusia? ¿Ha liquidado con el Gobierno llamado del Sr. Negrín? Esto no lo puede saber nadie más que él, pues (…) siempre se negó a dar cuenta de la situación económica. (...) El señor Negrín, sistemáticamente, se ha negado siempre a dar cuenta de su gestión, (…) de hecho, el Estado se ha convertido en monedero falso. ¿Será por esto y por otras cosas por lo que Negrín se niega a enterar a nadie de la situación económica? Desgraciado país, que se ve gobernado por quienes carecen de toda clase de escrúpulos (...) con una política insensata y criminal han llevado al pueblo español al desastre más grande que conoce la Historia de España. Todo el odio y el deseo de imponer castigo ejemplar para los responsables de tan gran derrota serán poco».
— Francisco Largo Caballero, marzo de 1939

El término Oro de Moscú, u Oro de la República, se refiere a la operación de apropiación y traslado de 510 toneladas de oro en monedas, correspondientes al 72,6% de las reservas de oro del Banco de España, desde su depósito en Madrid hacia la Unión Soviética, a los pocos meses del inicio de la Guerra Civil Española, por parte del gobierno de la II República, presidido por Francisco Largo Caballero, y a iniciativa de su ministro de Hacienda, Juan Negrín, así como a las posteriores gestiones relacionadas con su venta a la URSS y la utilización de los fondos obtenidos, y los similares envíos a la URSS de bienes incautados por el gobierno frentepopulista a lo largo de la contienda.
La cuarta parte restante de la reserva del Banco, es decir 193 toneladas, fue trasladada a Francia y también vendida en su mayor parte, una operación que, por analogía, se conoce como el «Oro de París».
Estas monedas trasladadas a la URSS tendrían actualmente un valor mínimo bruto de 12.200 millones de euros (en términos del año 2010), por su contenido metálico, y un valor numismático que pudo exceder de los 20.000 millones de euros.

La expresión «Oro de Moscú» ya había sido utilizada en la década de 1930 por la prensa internacional, siendo popularizada durante la Guerra Civil española y los primeros años del régimen franquista en referencia al episodio histórico español.
Durante la Guerra Fría, también fue empleada a nivel internacional por la propaganda antisoviética y la contraria a partidos y sindicatos comunistas occidentales para descalificar las fuentes de financiación de las actividades de estos últimos, considerando que los fondos provenían en su mayoría de la URSS, por lo que se popularizó la expresión «a sueldo de Moscú».
El episodio histórico español ha sido, desde la década de 1970, tema de numerosas obras y ensayos a partir de documentos oficiales y privados, pero también objeto de debate historiográfico y fuertes controversias, especialmente en la propia España. Los desacuerdos se centran en la interpretación política de sus motivaciones, su venta a la Unión Soviética, la presunta utilización y destino de las divisas obtenidas con la misma y sus consecuencias para con el desarrollo de la contienda, así como su influencia posterior en la República en el exilio y en las relaciones diplomáticas del gobierno franquista con el soviético.
Mientras que para algunos autores (como Ángel Viñas o Enrique Moradiellos) el envío del oro a la URSS fue la única opción viable ante el avance de los sublevados y la no-intervención de las democracias occidentales, que permitió la supervivencia de la República, para otros (como Francisco Olaya Morales) se trató de un gigantesco fraude y uno de los factores más importantes de la derrota republicana, culpando directamente a Juan Negrín.

La expresión «oro de Moscú» tiene su origen en la crítica a la financiación de los partidos y sindicatos de ideología comunista en Europa Occidental.
Con anterioridad a 1935, mientras el gobierno de Iósif Stalin orientaba parte de su política internacional hacia la promoción de la llamada revolución mundial del mundo del proletariado, medios de habla inglesa como la revista Time1 utilizaban la expresión Moscow Gold para referirse a los planes soviéticos de intensificar las actividades del movimiento comunista internacional, que por entonces se manifestaba tímidamente en Estados Unidos y el Reino Unido. Time consideraba que esta evolución de la política soviética, que en 1935 se manifestó en favor de la participación comunista para la formación de diferentes agrupaciones frentepopulistas en diversos países del mundo, se debía en parte a la necesidad de Stalin de contrarrestar las críticas del trotskismo.
A principios de los años 1990, tras la descomposición del sistema soviético que marcó el comienzo de un periodo de transformación de los partidos comunistas de Europa occidental, la expresión «oro de Moscú» fue retomada en Francia (l'or de Moscou), nuevamente en una campaña de desprestigio y acusaciones contra la financiación del PCF, dirigido entonces por Georges Marchais.2

Léon Blum, jefe del gobierno francès.
A partir del 19 de julio de 1936, a los pocos días de la sublevación militar, tanto el gobierno de José Giral como el general Franco, entonces responsable del ejército de África, realizaron gestiones simultáneas en Francia, por una parte, y a través de emisarios en Roma y Berlín, por la otra, para solicitar apoyo material. Con estas iniciativas dio comienzo la progresiva internacionalización del conflicto ante la conciencia común de las carencias en medios y equipamientos militares de ambos bandos para sostener el esfuerzo bélico.
Al comienzo de la Guerra Civil Española, la situación política de Francia era confusa, con un gobierno frentepopulista que incluía entre sus elementos mayoritarios al centrista Partido Radical. Aunque Léon Blum, como el PCF, pretendió intervenir a favor de la República, los radicales se opusieron y amenazaron con retirarle su apoyo. A ello se unieron las advertencias británicas sobre el riesgo de obstruir la política de apaciguamiento emprendida por el conservador Stanley Baldwin. De tal modo, el consejo de ministros reunido el 25 de julio de 1936 aprobó la cancelación de cualquier suministro desde Francia.
El mismo día en que se confirmaba la no intervención de las democracias occidentales, Hitler daba su consentimiento para el envío de un primer lote de aviones, tripulación y equipo técnico a Marruecos, mientras que el 27 de julio, Mussolini enviaría una partida de aviones de transporte, material que sería utilizado posteriormente para el puente aéreo de tropas hacia Sevilla establecido el 29 de julio de 1936.
El gobierno nazi utilizó una empresa fantasma, la Sociedad Hispano-Marroquí de Transportes, como tapadera para canalizar sus suministros a Franco.
El 1 de agosto de 1936 el gobierno francés emitió la propuesta a la comunidad internacional para la adopción de un «Acuerdo de No Intervención en España», apoyada por el Foreign Office a través de su embajada en París el 7 de agosto.5 El acuerdo fue también inicialmente suscrito por la Unión Soviética, Portugal, Italia y el Tercer Reich, sumándose al Comité de supervisión de Londres creado el 9 de septiembre de 1936. No obstante, estas tres últimas naciones mantuvieron su apoyo logístico y material mientras que los agentes de compras del gobierno republicano adquirieron suministros procedentes de México y del mercado negro.


Áreas de control de los bandos enfrentados hacia septiembre de 1936.
En el terreno de las hostilidades, durante los meses de agosto y septiembre de 1936 las fuerzas sublevadas lograron importantes avances, consolidando la frontera portuguesa tras las Batalla de Badajoz del 14 de agosto y cerrando de la vascofrancesa, tras la entrada en Irún del 4 de septiembre de 1936.
Este avance coincidió con un progresivo viraje de la política de la URSS hacia una intervención activa.
Se emprendió entonces el establecimiento de relaciones diplomáticas con la República española y el nombramiento del primer embajador soviético en Madrid, Marcel Rosenberg (antes representante soviético en la Sociedad de Naciones), el 21 de agosto de 1936.7

A finales de septiembre de 1936, partidos comunistas de diferentes países recibieron instrucciones del Komintern y de Moscú para el reclutamiento y organización de las Brigadas Internacionales, que entrarían en combate durante el mes de noviembre. Mientras, el 28 de septiembre, el final de las operaciones en torno al Alcázar de Toledo permitiría a las fuerzas dirigidas por el general Varela orientar su esfuerzo hacia la Batalla de Madrid.
A lo largo del mes de octubre de 1936, la URSS envió material en ayuda del nuevo gobierno de concentración frentepopulista presidido por Largo Caballero, que incluía dos ministros comunistas, acción que el embajador soviético en Londres, Iván Maisky, justificaría ante el Comité de No Intervención el 23 de octubre de 1936, denunciando el previo sabotaje italoalemán al mismo y reclamando la restitución del derecho a la República a armarse.8 Cinco días más tarde, el 28 de octubre de 1936, zarparon de Cartagena cuatro cargueros soviéticos conteniendo el oro evacuado el 14 de septiembre del Banco de España.

Situación de las reservas y estatus del Banco de España.
Pocos meses antes del inicio de la Guerra Civil la reserva española de oro había sido registrada por las estadísticas internacionales en mayo de 1936 como la cuarta más grande del mundo.
Fue acumulada principalmente durante la Primera Guerra Mundial, en la que España se mantuvo neutral.
Gracias a los estudios de la documentación del Banco de España (BDE),10 se conoce que estas reservas se distribuían principalmente en la sede central de Madrid, las delegaciones provinciales del BDE y otros depósitos menores en París, desde 1931, estando constituidas en su mayor parte por monedas, extranjeras y españolas, mientras que la fracción de oro antiguo era menor al 0,01% e insignificante la cantidad de oro en barras pues tan sólo había 64 lingotes.
Sobre el valor de las reservas movilizables, este era conocido por las diversas publicaciones oficiales que se emitían regularmente y así el The New York Times del 7 de agosto de 193612 informaba de la cifra de 718 millones de dólares estadounidenses de la época para las disponibles en la sede de Madrid.
Para el historiador Ángel Viñas, esta cifra se correspondía con 635 ó 639 toneladas de oro fino o bien a 20,42 ó 20,54 millones de onzas troy. Según el balance del Banco de España del 30 de junio de 1936, publicado en la Gaceta de Madrid (el BOE de la época) el 1 de julio, las reservas de oro existentes, tres semanas antes de iniciarse la contienda, alcanzaban un valor de 2.202 millones de pesetas-oro, equivalente a 5.240 millones de pesetas efectivas.
Viñas calcula que la cifra de 719 millones de dólares de 1936 correspondería, actualizada con los índices de inflación, a 9.725 millones de dólares de 2005. En comparación, las reservas españolas disponibles en septiembre de ese año eran de 7.509 millones.
En 1936, el Banco de España estaba constituido como sociedad anónima por acciones (al igual que sus homólogos francés e inglés) con un capital de 177 millones de pesetas, el cual se hallaba distribuido en 354.000 acciones nominativas de 500 pesetas cada una.
A pesar de que el banco y sus reservas no eran de propiedad estatal -pues no devendrían en tales hasta la promulgación del Decreto-Ley 18/1962 del 7 de junio de 1962, sobre Nacionalización y Reorganización del Banco de España-14 , la institución estaba sometida al control tanto del gobierno, quien designaba al gobernador, como del ministerio de Hacienda que nombraba a varios miembros del Consejo General del banco.

La Ley de Ordenación Bancaria (LOB) del 29 de diciembre de 1921 (o Ley Cambó). intentó por vez primera ordenar las relaciones entre el Banco de España como banco central y la banca privada. En la ley se regulaban también las condiciones para la movilización por parte del Banco de las reservas, el cual debía contar con la preceptiva autorización del Consejo de Ministros.
En la base 7ª del Artículo 1º la LOB estipulaba la facultad del Gobierno para acudir a la entidad y solicitar la venta de oro exclusivamente para influir en el tipo de cambio de la peseta y «ejercer una acción interventora en el cambio internacional y en la regularidad del mercado monetario», en cuyo caso el Banco de España participaría en dicha acción con una cantidad igual a la arbitrada por el Tesoro Público.
Aunque autores como Pío Moa consideran que el traslado del oro violaba claramente la Ley Cambó, en opinión de Ángel Viñas la aplicación laxa de la misma por parte del gobierno republicano fue válida, basándose en los testimonios del que fuera último ministro de Hacienda de la Monarquía, Juan Ventosa y Calvell (18 de febrero a 15 de abril de 1931), que la juzgaba, poco antes del golpe militar, demasiado ortodoxa, limitando las posibilidades de crecimiento de la economía del país.
Para Viñas -que evita entrar en aspectos jurídicos- la situación excepcional creada por la rebelión explicaría el cambio de actitud con respecto a la Ley Cambó por parte del gobierno, que pasó a ejercer los mecanismos necesarios para realizar una nacionalización parcial encubierta del Banco de España, guiado por la máxima «Salus patriae, suprema lex»-.
Otros historiadores, como Sardá, Miralles o Moradiellos, coinciden con esta interpretación.
La actuación del gobierno republicano sobre el Banco de España para colocar en su dirección a personas fieles a la República se concretó en el Decreto de 4 de agosto de 1936, que destituyó a Pedro Pan Gómez como subgobernador primero en favor de Julio Carabias, que 10 días más tarde fue seguida de la destitución de otros consejeros y altos ejecutivos. Después del traslado del oro a la Unión Soviética, el 21 de noviembre, se decretó la modificación del Consejo, que sufrió nuevas modificaciones y ceses hasta que el 24 de diciembre de 1937 nueve consejeros fueron sustituidos directamente por representantes institucionales. Pan Gómez huiría a la zona nacional, para ocuparse unos meses después de organizar el nuevo Banco de España de Burgos.19

El «oro de París»
Real Casa de la Aduana (Madrid), sede central del Ministerio de Hacienda.
Con el comienzo de la guerra, los sublevados pusieron en marcha su propia maquinaria estatal, considerando ilegítimas e ilegales las instituciones que quedaron bajo el control del gobierno de Madrid. Así, se constituyó también un Banco de España, con sede en Burgos, dirigido por el ex-subgobernador Pan Gómez. Cada banco afirmaba ser el legítimo, tanto en el interior como en el exterior.20 En poder del gobierno republicano quedaron la sede central con su reserva de oro y las delegaciones más importantes, en tanto que el de Burgos administraba las reservas y delegaciones provinciales del Banco de España en el territorio sublevado. Cuando ambos reunieron sus respectivas juntas de accionistas, en la rebelde hubo 154.163 y en la republicana 31.389.21
El 27 de julio el Gobierno Giral anunció el inicio del envío a Francia de parte del oro, por el acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de julio de 1936.
Los sublevados, informados puntualmente de los envíos de oro por sus agentes y amigos en Francia y la zona republicana, afirmaron que estos gastos estaban muy alejados de lo previsto en la mencionada Ley Cambó. Por tanto, los consideraron ilegales. Así, la Junta de Defensa Nacional de Burgos emitió el 25 de agosto de 1936 un decreto, el nº 65, declarando nulas, por lo que a ellos concernía, las operaciones de crédito realizadas por el gobierno frentepopulista con cargo a esta reserva:


Decreto número 65:
Interesa a esta Junta, en el orden moral, destacar, una vez más, el escándalo que ante la conciencia universal ha producido la salida de oro del Banco de España, decretada por el mal llamado Gobierno de Madrid. Pero la incumbe más principalmente señalar las consecuencias de esas operaciones en el terreno jurídico, porque efectuadas con abierta infracción de preceptos fundamentales de la vigente Ley de Ordenación Bancaria, es evidente conducen por su manifiesta ilegalidad a la conclusión inexcusable de su nulidad, que ha de alcanzar en sus efectos civiles a cuantas personas nacionales o extranjeras hayan participado en ellas, con independencia de la responsabilidad criminal, ya regulada en otro Decreto. Y es lógico complemento de esta declaración, el prevenir los daños que se irroguen, con medidas de caución, que han de adoptarse con la urgencia que la defensa de los intereses nacionales exige.
En su virtud, como Presidente de la Junta de Defensa Nacional, y de acuerdo con ella, vengo en decretar lo siguiente:
Artículo primero. Se declaran nulas todas las operaciones que se hayan verificado o se verifiquen con la garantía del oro extraído del Banco de España, a partir del dieciocho de julio último, y en su día se ejercitarán cuantas acciones correspondan en Derecho, para el rescate del oro referido, sea cual fuere el lugar en que se halle.
Artículo segundo. Sin perjuicio de la responsabilidad criminal definida en el Decreto número 36, los valores, créditos, derechos y bienes de todas clase que posean en España las personas o entidades nacionales o extranjeras que hayan intervenido o intervengan directa o indirectamente en las operaciones a que se contrae el artículo precedente, serán inmediatamente embargados, a fin de asegurar las responsabilidades de cualquier especie que se deriven de tales actos.
Dado en Burgos a 25 de agosto de 1936.
Miguel Cabanellas.

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