Los
delitos que acechan a Mas como responsable político del 9-N
NATI
VILLANUEVA / MADRID
Día
12/11/2014 - 08.40h
La
Fiscalía apunta a que el presidente catalán prevaricó y desobedeció con su
simulacro de consulta
Los
delitos que acechan a Mas como responsable político del 9-N
REUTERS
Artur
Mas
La
Fiscalía apunta a que el presidente catalán, Artur Mas, desobedeció y prevaricó
el 9-N con su simulacro de consulta. Esos son los delitos que se incluirían en
su escrito contra los promotores de la seudoconsulta, recogidos en el Código
Penal.
Desobediencia
La
Ley Orgánica del Constitucional es clara al señalar que «todos los poderes
públicos están obligados al cumplimiento» de lo que el TC resuelva con las
responsabilidades a que su infracción pudiera dar lugar. La suspensión de la
consulta exigía que la Generalitat se abstuviera de participar y realizar
cualquier acto preparatorio del 9-N. Mas y su Gobierno la burlaron.
Artículo
410
«Las
autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar cumplimiento
a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior (...)
revestidas de las formalidades legales». Inhabilitación de 6 meses a 2 años.
Prevaricación
El
presidente de la Generalitat y los miembros de su Gobierno no tenían que haber
participado en acto administrativo alguno.La vicepresidenta Joana Ortega habría
firmó un escrito en el que se niega a identificar a los responsables de los
centros que se abrieron para votar. A su vez la ley de educación obliga a la
administración autonómica en cuestión a autorizar el uso de un centro educativo
con finalidades distintas a la enseñanza.
Artículo
404
«A
la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare
una resolución arbitraria en un asunto administrativo (...)». Inhabilitación de
7 a 10 años.
Malversación
de fondos
La
Generalitat ha empleado dinero procedente de fondos públicos para sufragar esta
consulta y los preparativos que han llevado hasta ella. En concreto, el
Gobierno autonómico habría empleado 3,5 millones de euros de los contribuyentes
en publicidad, carteles, urnas... Todo para un uso ajeno a la función pública,
pues la suspensión del TC prohibió cualquier participación del Ejecutivo de Mas
en el 9-N.
Artículo
433
«La
autoridad o funcionario público que destinare a usos ajenos a la función
pública los caudales o efectos puestos a su cargo por razón de sus funciones».
Suspensión de cargo público de 6 meses a 3 años.
Mas,
abierto a unas plebiscitarias inmediatas para «la consulta definitiva»
Un
catalán denuncia haber votado hasta tres veces en la consulta del 9-N
El
dudoso «éxito» de Artur Mas: votaron 2,2 millones de casi seis
Mas
rentabiliza un simulacro de consulta sin validez legal
No hay comentarios:
Publicar un comentario