lunes, 2 de octubre de 2017

El Tribunal Constitucional suspende la ley de ruptura catalana

El Tribunal Constitucional suspende la ley de ruptura catalana

El alto tribunal también deja sin efecto el decreto del llamado Código Tributario de la Generalitat

Vista del exterior del edificio del Tribunal Constitucional. Emilio Naranjo EFE. En vídeo, declaraciones de Carmen Forcadell, presidenta del Parlament. ATLAS
El Tribunal Constitucional ha admitido este martes el recurso del Gobiernocontra la Ley de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República, la norma aprobada el jueves pasado por el Parlamento de Cataluña y que sienta las bases de la ruptura de esa comunidad con el resto de España, según fuentes jurídicas. La decisión del alto tribunal implica la suspensión automática de la norma, de acuerdo con lo previsto en el artículo 161.2 de la Constitución.
Con esta decisión, que se trasladará a una providencia, el Constitucional ha dejado en suspenso las dos leyes principales para la secesión y los decretos de la Generalitat que las desarrollan.
El Constitucional también ha admitido el recurso del Gobierno contra el decreto del Código Tributario de Cataluña, que desarrolla la Hacienda del hipotético Estado independiente.
En su recurso ante el Tribunal Constitucional, el Ejecutivo considera que la Ley de Transitoriedad es “propia de un régimen autocrático” y su tramitación exprés tuvo un carácter “netamente totalitario”.
La Ley de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República y la Ley del Referéndum constituyen el artefacto legislativo con el que la Generalitat pretende derogar la Constitución española en Cataluña. La Ley de Transitoriedad, aprobada el jueves con los votos de la mayoría parlamentaria de Junts pel Sí y la CUP, se autoproclama como “norma suprema” de Cataluña en caso de que triunfe el sí a la independencia en el referéndum ilegal de autodeterminación del 1 de octubre y hasta que el hipotético nuevo Estado tenga una constitución propia.

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