lunes, 11 de marzo de 2013

Documentos Revolucionarios 1934



Documento secreto revolucionario número 1
El programa revolucionario socialista (enero de 1934). Autor y ponente del documento: Indalecio Prieto.
Fuente: la publicación oficial del PCE Guerra y Revolución en España.

«I. Todas las tierras de España se declararán de la propiedad del Estado.
Suprimiendo por consiguiente el pago de la renta a particulares, renta que en todo caso, habría de percibir el Estado, los municipios o aquellas otras comunidades o corporaciones de carácter público en quienes delegará el Estado sus derechos. En aquellas zonas donde la propiedad agrícola tenga carácter minifundista, las tierras seguirán en posesión de quienes actualmente las cultiven, mediante el pago del canon que se estableciese conforme a la estructura económica que queda apuntada. En las zonas donde la propiedad agrícola tiene predominantemente carácter de latifundio, se procurará el establecimiento de explotaciones colectivas, bien a cargo del Estado, de los municipios o de comunidades de campesinos, que al efecto se constituyan, debiendo el Estado asumir, por medio de su personal facultativo, la dirección técnica de esas explotaciones agrícolas colectivas.

2. Radicando el porvenir de la agricultura española en el aprovechamiento de todos los regadíos que permitirán vivir a costa de la tierra a un número enorme de familias muy superior al de las que actualmente se consagran a la labor campesina y siendo insuficientes las consignaciones del presupuesto ordinario del Estado que puedan ser destinadas a las obras hidráulicas para que ésas lleven el ritmo acelerado que resulta más que conveniente, indispensable, se procederá a la captación de la mayor parte posible del ahorro nacional para, asegurándole un interés prudencial, invertirlo en la pronta realización de esas obras hidráulicas con lo cual se facilitaría, de momento, trabajo a bastantes millares de obreros y quedaría garantizado el próximo asentamiento en excelentes condiciones de una masa considerable de labradores.
Esta operación podría realizarse mediante un consorcio entre el Estado, la entidad federativa de las Cajas de Ahorro y la banca oficial, quedando en hipoteca las tierras repartidas que, como las demás y en virtud de la propuesta del art. 1 de este programa, habían de ser objeto de incautación por parte del Estado.

3. Reforma radical de la enseñanza pública, modificando la organización de la enseñanza superior, de manera que a ella no tengan acceso sino aquellos alumnos que hubiesen demostrado en la enseñanza primaria y en la secundaria un grado de capacitación plenamente demostrativo de que habría de ser para ellos enteramente provechosa la permanencia en las universidades y escuelas especiales. La realización de esta idea se verificará encargándose el Estado de modo total del sostenimiento de aquellos alumnos que ya en la escuela de primeras letras evidenciaran condiciones especiales de talento que, observadas por el respectivo maestro, fuesen comprobadas por las juntas pedagógicas que se encargarán del traslado de esos niños a centros de enseñanza primaria que mediante una organización especial aprovechasen mejor las condiciones especiales de esos alumnos. Idéntico procedimiento se seguirá respecto a ellos en la enseñanza secundaria. De esta forma, la Universidad tendrá cerrado su acceso a quienes actualmente pululan en ella sin más méritos que los procedentes de una situación privilegiada económicamente, llegando únicamente hasta su recinto los que acreditasen su capacidad suficiente para evitar la esterilización del esfuerzo universitario. Señalando los cupos correspondientes de licenciados de todas las facultades y titulados de las escuelas especiales habrían de limitarse el número de estos centros derivando el esfuerzo del Estado que así quedará sobrante a la creación de escuelas profesionales que perfeccionarán los conocimientos técnicos del obrero y perfeccionarán su cultura general.

4. No existiendo en España una religión disidente de potencia bastante para mantener en su rivalidad con la Iglesia católica el mínimo de libertad de conciencia exigible en un pueblo civilizado y siendo notorio el afán bárbaramente intransigente de los católicos españoles que conduciría al mantenimiento del fanatismo religioso pese a la separación de la Iglesia y el Estado y de las leyes laicas hasta ahora votadas por la República, procede la disolución de todas las órdenes religiosas y la incautación de sus bienes, más la expulsión del territorio nacional de los miembros de aquellas que por su pasada actuación se considerasen más peligrosas para las nuevas instituciones.

5. Disolución del ejército y reorganización inmediata del mismo a base de la reducción de sus contingentes, de la separación de todos los generales, jefes y oficiales sin más excepción que hubiesen revelado sin tibieza su adhesión al régimen y dando paso incluso a los más relevantes puestos de mando en forma democrática a quienes a partir de su ingreso en filas como soldados hubiesen demostrado las necesarias condiciones de capacidad, haciendo en suma que según la frase de Napoleón, «pueda ir en la mochila de cualquier soldado el bastón de mariscal».

6. Disolución de la guardia civil y reorganización de todos los institutos armados al servicio del Estado sobre las mismas bases democráticas diseñadas para reformar el ejército y con la condición indispensable de una adhesión verdaderamente leal al nuevo régimen. Núcleo principal de esos institutos sería una milicia reclutada exclusivamente y preponderantemente entre los afiliados a las organizaciones que realicen la transformación apuntada en este programa.

7. Modificación esencial de todos los órganos de la administración pública, a base de una mayor flexibilidad y eficiencia de los mismos, de un riguroso cumplimiento de los deberes por parte de todos los funcionarios, de una revisión implacable de las condiciones de capacidad de los mismos y de una separación de aquellos que por ser desafectos al régimen lo sabotearan en una u otra forma.

8. No siendo de momento conveniente realizar en la mayor parte de la industria española modificaciones esencialmente socializadoras que ofrecerían por su complejidad los peligros de un fracaso ante la circunstancia de la debilidad incipiente de nuestra industria, el programa en este aspecto quedaría por ahora limitado a una serie de medidas encaminadas al mejoramiento moral y material de los trabajadores industriales, cuidando de su dignificación e independencia y ofreciéndoles los medios de controlar la marcha de aquellas organizaciones industriales a cuyo servicio están adscritos.

9. Reforma de nuestro sistema tributario partiendo de la modificación de las cuotas en el impuesto de la renta y en las transmisiones hereditarias principalmente.

10. Todas las medidas derivadas de los puntos enunciados en este programa serían implantadas rápidamente mediante decretos para los cuales en su día se habría de solicitar la convalidación por los órganos legislativos que libremente se diera el pueblo y estimando que este programa revolucionario no obtendría el asentimiento de quien ahora desempeña la presidencia de la República procedería la cesación de éste en sus funciones.»

Fuente: Moscú, Ed. Progreso, 1966, tomo I, p. 52. La fuente comunista (seguramente Santiago Carrillo, aún socialista en la fecha del documento) subraya que este programa se redactó una vez que el Comité Revolucionario decidió que los socialistas irían solos a la insurrección, salvo con los grupos que se integrasen en las Alianzas Obreras .


Documento secreto revolucionario número 2 :
Las Instrucciones del Comité Revolucionario para la insurrección de Octubre de 1934

Instrucciones preliminares
1. Se prohibe en absoluto sacar copias de estas instrucciones y se hace responsable de la custodia y reserva de las mismas a la persona a quien se entreguen.

2. La junta de la provincia se encargará de constituir juntas locales en cada uno de los pueblos, a cuyo efecto se pondrá en relación con la persona de más confianza que pueda encargarse de formar la junta local encargada de organizar todos los trabajos de relacionarse con la provincial.

3. El número de miembros de estas juntas será de tres, solamente ampliable en caso de absoluta necesidad.

4. Las juntas provinciales residirán en la localidad de la provincia que se crea más conveniente para el desempeño de su misión y serán las únicas que mantengan relación con la Junta Central.

5. Las juntas provinciales se hallan investidas de autoridad plena sobre toda la provincia, y las juntas locales sobre todos los individuos de la localidad.

6. Debe evitarse, en todo lo posible, poner en circulación instrucciones u órdenes escritas, y cuando sea indispensable usar este medio, utilizar claves o lenguaje convencional.

7. Los miembros de la junta estarán obligados a guardar la más rigurosa reserva. No hablarán de los propósitos, instrucciones y órdenes, sino lo absolutamente indispensable, y esto solamente con las personas con quienes tengan que mantener relación para los fines que se persiguen. Ninguna confianza con nadie más.

8. Las juntas provinciales no deberán atender otros avisos e instrucciones que las que reciban de la junta Central, ni acatar otras órdenes que las de ésta, sin excepción alguna. Las juntas locales, las que reciban de las provinciales.

9. Ningún rumor, noticia, hecho ni circunstancia, puede justificar la declaración del movimiento en un pueblo o provincia sin haber recibido la orden precisa de las juntas exclusivamente facultadas para ello. El faltar a esta instrucción puede acarrear graves daños al movimiento general.

10. Todas las juntas deben vigilar que la organización se haga con toda escrupulosidad y que se observe una rígida disciplina, base esencial del éxito.

11. Donde no existan personas de absoluta confianza, las juntas deben abstenerse de constituir grupos o dar instrucciones.

12. Conviene tener dentro de las organizaciones enemigas personas de confianza que nos faciliten información fiel de sus planes y medios.

13. Las juntas de provincia tendrán convenidas con las de los pueblos contraseñas especiales, no sólo para cursar las órdenes relativas al movimiento, sino para garantizar la visita de los delegados y para evitar que una orden falsa pueda provocar un movimiento a destiempo.

14. Conviene estar prevenidos contra las noticias falsas que el gobierno o los enemigos de todas clases puedan esparcir por medio de la prensa o la radio, tales como «el movimiento está dominado», «sus directores detenidos», etc.

Cada pueblo debe hacerse a la idea de que tiene que ser un firme sostén de la insurrección, sin ocuparse de lo que ocurra en otros lugares. La debilidad ajena no justifica la propia.

El triunfo del movimiento descansará en la extensión que alcance y en la violencia con que se produzca, más el tesón con que se defienda.

15. Los grupos de acción han de convertirse en guerrillas dispuestas a desarrollar la máxima potencia. En esta acción nos lo jugamos todo y debemos hallamos dispuestos a vencer o morir. Una vez empezada la insurrección no es posible retroceder.

Instrucciones generales
16. Corresponde a las Juntas provinciales:
a) Asumir la organización y dirección de todo el movimiento en la respectiva provincia.
b) Mantener relación con la junta Central y las locales.
c) Constituir una junta local en cada pueblo, con arreglo a la instrucción número 2.
d) Organizar las fuerzas de la capital.
e) Velar por la observancia y cumplimiento de las instrucciones y órdenes que reciba y transmita.

Relación con entidades
17. Informarse de las que se hallan decididamente dispuestas a secundar un moviniento revolucionario, y contando con su concurso, adoptar todas las previsiones para que una vez declarado pueda mantenerse indefinidamente; sobre todo en lo que concierne a los servicios más importantes e indispensables.

18. Con los individuos más decididos y de mayor confianza, dispuestos a ejecutar sin discusión las órdenes que se den, se formarán grupos de diez, dos de los cuales serán designados como jefe y subjefe. Estos grupos deberán estar armados y sus jefes les instruirán en ejercicios de tiro y táctica militar.

19. La potencia revolucionaria de las fuerzas habrá de valorarse convenientemente para dividirse en dos clases: Hombres capaces de batirse y de ejecutar órdenes. Hombres dispuestos a cooperar en otros servicios. Con los primeros se constituirán las milicias en grupos de diez. Con los segundos pueden cubrirse servicios de poco riesgo.

20. Deben constituirse grupos técnicos de los servicios de Electricidad, Alcantarillado, Teléfonos, Telégrafos, etc., capaces de formalizar y llevar a cabo planes para, en caso necesario, suprimir estos servicios en la población en forma que no puedan ser fácilmente reanudados por otros.

21. El movimiento debe afectar a todos los servicios, pero principalmente a los de vital importancia (alimentación, transportes, agua, gas, etc.), y los grupos de acción cuidarán de anular a los que se presten a evitarlo.

22. Cualesquiera que sean las circunstancias de una población y por débil que sea la fuerza organizada, el movimiento debe ser lo más extenso posible.Los grupos técnicos con los de acción cuidarán de lograr por todos los medios la paralización de industrias y servicios y dominar en la calle.

23. Las relaciones con los demás sectores afines serán cordiales sin el menor confusionismo; sin facilitarles datos concretos de nuestra organización y nuestros planes, procurando que ellos hagan su organización propia, y comprometiéndose a respetar la dirección del movimiento que siempre debe ser nuestra.

24. Todos los grupos que se formen, por medio de sus jefes, estarán bajo elmando de la junta local y provincial.

25. Debe ponerse interés en organizar servicios sanitarios para atender rápidamente a los que puedan caer heridos en la lucha.
Las mujeres en el momento oportuno pueden prestar a este servicio un concurso valioso.

Fuerza pública al servicio del Estado

26. Precisa conocer la fuerza pública que exista en cada localidad. Militares, Guardia Civil, asalto. Seguridad, etc. Armamento de que disponen. Condiciones defensivas de sus cuarteles, medios de apoderarse de ellas, inutilizarlas o, por lo menos, inmovilizarlas.

27. Con el mayor cuidado debe conocerse la manera de pensar de jefes, oficiales y clases, procurando establecer relaciones con algunos que merezcan plena confianza y recomendarles que, independientemente de nosotros, formen ellos su junta.

28. Nuestros jóvenes no deben perder el contacto, discretamente, con los amigos que se hallen en filas.

29. En cada provincia debe conocerse con la mayor exactitud el número de jefes, oficiales y clases de la guarnición, con sus nombres, domicilios y significación para actuar en cada caso como las conveniencias aconsejen.

30. También deben conocerse los depósitos de armas y polvorines y los medios de apoderarse de ellos o, en otro caso, inutilizarlos.

31. Los elementos auxiliares de confianza que haya dentro de los cuarteles deben facilitar, con exquisita discreción, toda la información que les sea posible respecto a órdenes, preparativos, estado y disposición de la fuerza, medios por los cuales puede hacerse la incautación de las armas o su inutilización en caso contrario; modo de impedir la salida de las fuerzas de los cuarteles y cuanto sirva a contrarrestar estos elementos.

32. Cuando haya inteligencia entre las fuerzas militares y la junta local, se formalizará el plan de acción combinada de ambas fuerzas, para lo cual deberán celebrar reuniones que no sean numerosas. Bastará con que se reúnan un individuo de cada parte.

33. Triunfante el movimiento, las fuerzas militares adictas tendrán una representación oficial en la junta local.

 Grupos de acción
34. Los grupos de acción se formarán con arreglo a la instrucción número 18, bajo las órdenes del respectivo organismo directivo local al que obedecerán sin discusión.

35. Además de instruirse convenientemente para el momento de la acción, se encargarán de facilitar a la junta local los nombres y domicilios de las personas que más se han significado como enemigos de nuestra causa o que puedan ser más temibles como elementos contrarrevolucionario. Estas personas deben ser tomadas en rehenes al producirse el movimiento, o suprimidas si se resisten.

36. En el momento de la acción, cada grupo tendrá señalado de antemano el lugar donde debe actuar y adonde debe trasladarse después de concluida su primera misión. Estas instrucciones se las darán sus jefes oportunamente. Las juntas cuidarán escrupulosamente de no dar órdenes contradictorias a los jefes de grupo, para que todos los movimientos se produzcan ordenadamente, sin barullo y sin confusiones.

37. Deben determinarse los edificios y calles que conviene ocupar para mejor resistir los ataques de la fuerza, o para evitar que escapen los elementos enemigos.

38. Fórmese una relación de los automóviles y demás medios de transporte que haya en la población; lugares donde se encierran y lista de los individuos que puedan conducir en caso necesario.

39. Conocer los depósitos de gasolina, dinamita y armas, y planear el medio de apoderarse de ellos en el momento preciso.

Previamente debe adquirirse y guardar en lugar seguro dinamita. Cada individuo puede tener en su casa sin compromiso para uso doméstico un bidón degasolina.

40. La gasolina y la dinamita empleada inteligentemente, pueden servir para desmoralizar al enemigo con incendios y petardos.

41. Hay que dificultar con gran rapidez los movimientos del adversario cortando las líneas de ferrocarril, inutilizando puentes, interceptando carreteras:todo ello respondiendo a un plan bien meditado por los elementos previamente designados y que imposibilite que la fuerza pueda acudir a todas partes.

42. En principio, se llamará la atención de la fuerza pública, donde así convenga, con incendios, petardos u otros medios, para que se vea obligada a acudir donde se produzcan. Estos momentos se aprovecharán para cortar las líneas de comunicación, o inutilizar aparatos, etc., y asaltar centros oficiales y políticos. En éstos, incautarse de ficheros y archivos.

43. Rápidamente apoderarse de las autoridades y personas de más importancia y guardarlas en rehenes.

44. Preferentemente hay que inutilizar la fuerza pública de los pueblos desarmándola totalmente, aunque prometa permanecer neutral.

45. Se tomarán las salidas del pueblo. Se requisarán automóviles y otros medios de locomoción. Se incautarán de los depósitos de gasolina y, grupos armados, recorrerán las casas de los enemigos para apoderarse de las armas que tuvieren y armar con ellas a los amigos que no las tengan.

46. Apoderarse, lo antes posible, de los establecimientos donde se vendan armas, municiones y explosivos.

47. Los Bancos y archivos se vigilarán estrechamente. Se impedirá por todos los medios que en las iglesias se toque a rebato.

48. Haciendo una buena distribución de fuerzas por toda la población deberá hacerse una guerra de guerrillas. Nunca deben presentarse grandes masas frente a la fuerza pública, procurando así que toda sea distribuida y hostilizándola sin cesar hasta rendirla por agotamiento. Atacar siempre que sea posible desde lugares seguros.

49. Las casas cuarteles de la Guardia Civil deben incendiarse si previamente no se entregan. Son depósitos que conviene suprimir

50. Caso de que por cualquier motivo se produzcan bajas en las juntas provinciales o locales, serán cubiertas nombrándolos los jefes de grupo en los pueblos y los organismos provinciales en las capitales.

51. Si fuerzas superiores del gobierno intentasen reconquistar un pueblo y éste no ofreciese condiciones de resistencia, los revolucionarios lo abandonarán llevándose los rehenes y buscarán en el campo o la montaña el lugar más favorable para defenderse e intimidar al enemigo.

52. Los grupos deben estar numerados en cada localidad; o sea: Grupo número 1, Grupo número 2, etc., y se les distinguirá de este modo a todos los efectos.

53. Triunfante el movimiento en un pueblo, se adoptarán las medidas necesarias para asegurar su dominio estableciendo vigilancia armada y asegurando bien los servicios y la defensa y, si sobrase elemento armado, se acudirá en auxilio de los pueblos próximos donde aún no se hubiese triunfado.

54. Cuando una ciudad caiga en manos de los revolucionarios, nada debe justificar su abandono. Aunque la lucha se prolongue no debe desmayarse. Cadadía que pase aumentará el número de los rebeldes. En cambio la moral del enemigo irá decayendo.

Nadie espere triunfar en un día en un movimiento que tiene toda los caracteres de una guerra civil. En este movimiento, el tiempo es el mejor auxiliar.

Medios

55. Procurarse armas hasta donde sea posible. La junta Central, por medio de las provinciales, facilitará las informaciones que posea.

56. Para dificultar los movimientos de la fuerza, pueden cerrar bocacalles con alambre de espino u otros medios y, al mismo tiempo, regar todo el ancho de la calle con gasolina, dar fuego y desde puntos o casas inmediatas atacar a la fuerza cuando trate de quitar esos obstáculos.

57. Levantar barricadas, entre las cuales se oculten aparatos explosivos conectados con la corriente eléctrica o sustituida ésta por pilas, y cuando la fuer za llega a la barricada hacerlos explotar, formando un ortocircuito desde unacasa o lugar próximo y aprovechar la sorpresa para atacar a la fuerza que quede y coger sus armas.

58. Acumular carros, coches o camionetas a la salida de los cuarteles o en las calles en que sea obligado el tránsito de la fuerza y atacarla desde lugares seguros y por distintos flancos.

59. Lanzar botellas de líquidos inflamables a los centros o domicilios de las gentes enemigas.

60. Cortar las comunicaciones en forma de difícil arreglo por parte de las fuerzas enemigas.

61. Volar puentes. Cortar carreteras. Líneas de ferrocarril. Imposibilitar el traslado de fuerzas para concentrarlas.

62. Estropear los neumáticos y los motores de aquellos vehículos que no puedan ser utilizados por nuestras fuerzas.

63. Donde haya estación emisora de radio, si no puede incautarse, incendiarla o volarla. Si hay dentro personal adicto, inutilizarla.

64. Imposibilitar que los jefes de las fuerzas que no vivan en los cuarteles puedan incorporarse a sus puestos, deteniéndolos a la salida de sus domicilios y atacándolos si se resisten.

65. Donde sea posible, utilizar uniformes del ejército, incluso de oficiales, para dar impresión de insubordinación militar.

66. No gastar inútilmente las energías ni los medios de ataque.

67. Tomar y mantener la ofensiva es siempre infinitamente más eficaz que quedarse a la defensiva. Se domina mejor al enemigo, pero debe evitarse cometer imprudencias que pueda aprovechar el adversario.

Después del triunfo en la lucha
68. Triunfante el movimiento revolucionario, lo primero que debe asegurarse es el dominio absoluto de la población, perfeccionando las milicias armadas,ocupando los sitios estratégicos, desarmando totalmente a las fuerzas contrarias ocupando los edificios públicos.

69. Se restablecerán rápidamente las comunicaciones y se dará cuenta a la junta de la capital y ésta a la Central de la situación.

70. Se procederá a la incautación de los víveres, o bien se controlará al comercio para que éste los facilite al vecindario, evitando enérgicamente todo abuso.

71. Siguiendo las instrucciones y órdenes de la junta local se nombrará una junta administrativa y de defensa del pueblo, cuyas órdenes se acatarán sin discusión y, si fueren abusivas, se acatarán también, pero denunciándolas inmediatamente a la Junta provincial que deberá proceder rápidamente a enviar a un delegado suyo con plenos poderes cuyas resoluciones se acatarán.

72. Los bienes de la gente pudiente servirán para garantizar las necesidades del vecindario hasta que se dicten medidas por el Poder Central. Nadie debe quedarse sin comer en tanto haya en el pueblo recursos para proporcionarlo.

73. Durante el movimiento revolucionario toda la energía y todos los medios serán pocos para asegurar el triunfo. Una vez que éste se haya logrado, debe ponerse la misma energía para evitar crueldades innecesarias ni daños, sobre todo en cosas que puedan ser luego útiles o necesarias para los fines de la revolución.

 Estos documentos pertenecen a Largo Caballero y están publicados Santos Juliá en " Escritos de la República, notas históricas de la Guerra de España ( 1917-1940).

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